Descripción:
|
Conformación del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural; el Estado es dueño de los bienes arqueológicos que se encontraren en el suelo o el subsuelo y en el fondo marino del territorio ecuatoriano; no pueden realizarse reparaciones, restauraciones ni modificaciones de los bienes pertenecientes al Patrimonio Cultural sin previa autorización del Instituto; ningún objeto perteneciente al Patrimonio Cultural puede salir del país; reglamento general; de los órganos de Gobierno, administración y sus atribuciones; del directorio; de los bienes pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nación. |