Descripción:
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Escasa influencia de la filosofía jurídica académica de nuestro tiempo en la creación del nuevo derecho; ejemplos de influencia del pensamiento filosófico jurídico en el desenvolvimiento efectivo del derecho positivo en otras épocas; la índole del razonamiento jurídico en la creación y en la aplicación del derecho; interpretación jurídica por medio del Logos de lo Humano o de lo Razonable ; la caduca concepción mecánica de la función judicial como silogismo; la función judicial es siempre y necesariamente creadora; nueva perspectiva de la equidad; esbozo de la lógica de lo razonable; certeza y seguridad jurídica; consumación de la quiebra de la doctrina tradicional por las concesiones de su representante actual. |